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Indulto de la multicondenada María Salmerón.

 
6 de febrero de 2016

El Gobierno de Mariano Rajoy ha indultado a María Salmerón pese a tener cuatro condenas.

María Salmerón ya fue indultada de otra condena por el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. Dicho indulto está condicionado a que no volviese a delinquir. Pese a haber vuelto a delinquir, además por el mismo delito, no se le ha anulado el anterior indulto.

María Salmerón convivió con su marido durante un breve espacio de tiempo. Cuando su hija en común tenía apenas cuatro meses, su marido “huyó” del domicilio conyugal harto del carácter de su esposa. Nunca más la hija ha vuelto a convivir con su padre y su madre. Pese a ello, en la actualidad, con quince años cumplidos, la hija relata con detalle los malos tratos de su padre a su madre. Esto es, relata las mentiras que su madre le ha inculcado como falsos recuerdos.

El padre obtuvo la custodia de su hija pues el juez de familia dictaminó que la convivencia con la madre era perjudicial para la menor. Pero la alienación que sufría la niña era de tal calibre que fue imposible la convivencia padre/hija. No está de más recordar que quienes viven de la industria del maltrato niegan la existencia del Síndrome de Alienación Parental con el peregrino argumento de que los niños siempre dicen la verdad y que es imposible lavar el cerebro a un niño.

La multicondenada interpuso 20 denuncias contra su exmarido hasta que consiguió una condena ridícula por maltrato psicológico. Recordemos que gracias a la aberrante ley feminazi que padecemos hay gente condenada incluso por tirarse un pedo. Conviene hacer hincapié en la falsedad que mantienen quienes viven  de la industria del maltrato de que las denuncias falsas no llegan al 0,1% del total.

La Junta de Andalucía le ha ofrecido en estos años apoyo incondicional a la multicondenada pese a la manifiesta falsedad de cuanto dice María Salmerón.

Las diputadas del PSOE, Ángeles Álvarez y Carmen Montón, han sido las encargadas de la campaña para obtener el indulto haciendo uso de las mentiras habituales y abuso de las instituciones.

María Salmerón ha sido premiada recientemente por el Gobierno y el propio Mariano Rajoy le hizo entrega del galardón. ¿Premio a una persona con múltiples condenas? ¿Premio a las mentiras más productivas?

El líder del PSOE, Pedro Sánchez, manifestó su alegría en twitter al conocer el indulto. En rueda de prensa posterior, su primer comentario ha sido para manifestar su satisfacción por el indulto.

El ministro de justicia, Rafael Catalá, informa en rueda de prensa del indulto y de que ha llamado al abogado para que pida más indultos respecto a las otras condenas. ¿No debería estar en prisión el ministro?

En teoría vivimos en un Estado de Derecho con separación de poderes por lo que no tiene sentido que las decisiones del poder judicial (sentencias) puedan ser anuladas por decisiones del poder ejecutivo (indultos). Los indultos no son sino un arcaico resto de la sociedad feudal en la que los siervos pedían una gracia a su señor feudal que era su propietario. El indulto debería estar eliminado desde hace años de la legislación.

En las mismas fechas se ha producido en Francia un indulto parecido a favor de una mujer que asesinó a su marido. Pese a las razones y argumentos para no conceder gracias feudales, el presidente de la República francesa, hija de la Revolución francesa que enterró el antiguo régimen, Hollande ha cedido a la presión de los grupos feminazis y ha concedido el indulto.

En las mismas fechas se ha conocido la sentencia del Tribunal Constitucional sobre un caso de sustracción de menores en el que se permite a la delincuente beneficiarse del fruto de su delito, mentiras y denuncias falsas. Los argumentos del TC son dar por buenos los hechos consumados pese a ser delictivos y justificar que el retraso en la resolución judicial del caso ha perjudicado al menor para lo que dicta una solución que provoca aún más retraso y la consolidación de los hechos consumados que benefician a la delincuente.

Se está estimulando el delito aplicando la impunidad absoluta por los delitos cometidos por mujeres y facilitarles disfrutar del resultado de sus delitos. Incluso se les premia por delinquir.

El marido de María Salmerón lleva años sufriendo esta campaña de calumnias basada en mentiras sin que haya podido ejercer su derecho de rectificación pues salvo contadas excepciones no ha podido dar su versión de los hechos ni aportar la documentación que acredita las mentiras de María Salmerón a quien se ha tratado como a una heroína.

Ofrecemos a continuación la única entrevista que el marido de María Salmerón ha tenido en estos años para poder defenderse de las mentiras de su esposa.

 

http://www.elmundo.es/elmundo/2009/09/04/andalucia_sevilla/1252047453.html

 

JUSTICIA | ¿Agresor o víctima?

Los tribunales absolvieron una veintena de veces al padre condenado por maltrato


Vídeo: Atlas
Eduardo de Campo | Sevilla
viernes 04/09/2009 09:12 horas

«Este hombre lleva aguantando lo que no está en los escritos». Frente a la ministra de Igualdad, Bibiana Aído, y la consejera andaluza para la Igualdad y el Bienestar Social, Micaela Navarro, que critican que la Justicia obligue a una mujer a entregar la custodia de su hija a su ex marido, condenado por maltrato, debido a que no le dejaba ver a la niña, el abogado Benito Saldaña sostuvo ayer que su cliente no es un cruel maltratador sino una padre «pacífico» que ha sido víctima de una persecución de su ex pareja con un cúmulo de denuncias a su juicio falsas.
Saldaña explicó a este diario que, después de su separación, la mujer, María, puso «más de 20 denuncias» contra su ex marido, Antonio, y que éste salió absuelto en todas menos en la que derivó en su condena de un año y 9 meses de cárcel, que confirmó el Tribunal Supremo recientemente.
El abogado, que se limitó a defenderlo en el recurso ante el Supremo, dijo que lo condenaron de forma «muy discutible» no por agresiones físicas sino por maltrato psicológico, al que restó gravedad afirmando que se trataron de «discusiones que se suben de tono cuando ya no hay una solución, lo que le puede pasar a cualquiera».
Añadió que al hombre, que trabaja como conductor de trenes del AVE en Sevilla y es representante sindical del gremio de los maquinistas de la estación de Santa Justa, llegaron a pedirle entre 15 y 20 años de cárcel por violación, lo que la Audiencia de Sevilla descartó. Su cliente no irá a prisión porque la pena es menor a dos años y carece de antecedentes. El abogado lo describió como un hombre «pacífico» y un «trabajador normal», y aventuró que parte de la supuesta inquina de la ex mujer se debe a «celos» porque él tiene una nueva pareja.
El abogado fue muy crítico con la toma de posición del Gobierno andaluz, que ha pedido a la Fiscalía que revise el proceso. «La Junta de Andalucía no es quién para pronunciarse en un caso que no conoce de nada. No tiene ni puñetera idea de lo que ha sucedido. No conoce el abuso de esta señora de la Justicia, con veintitantas denuncias en las que siempre salió absuelto». Y dijo que las críticas políticas a la decisión judicial de darle la custodia al hombre condenado son posturas «demagógicas para contentar a alguien que está en los medios y apuntarse el gol de que están con ella».
La Sección Segunda de lo Civil de la Audiencia de Sevilla le dio la custodia al padre justo un mes antes de que la Sala Cuarta de lo Penal lo condenara por malos tratos psicológicos. Pero el abogado precisa que los jueces que le dieron la custodia estaban «perfectamente informados» de la denuncia contra él por violencia de género.
La mujer, que ha sido condenada dos veces por incumplir el régimen de visitas para que su ex marido no viera a su hija, ahora de nueve años, y podría perder incluso la patria potestad de la pequeña, insiste en que sufrió un maltrato psicológico habitual, con insultos y frases de menosprecio sobre su capacidad. En una entrevista ayer con Efe, alegó que dejó de llevar a la niña al punto de encuentro familiar porque el hombre, al que la jueza permitió ajustar el régimen de visitas a sus necesidades laborales como conductor del AVE, no entregaba sus cuadrantes a tiempo.
María sí ha cumplido ahora la orden judicial y el miércoles por la tarde llevó a la niña al punto de encuentro de la Junta para que la recogiera su padre, que asumirá la controvertida custodia. La mujer podrá verla dos días a la semana, los fines de semana alternos y la mitad de las vacaciones.

 

 

Dpto. de prensa
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Telf.: 620100000

 

las denuncias falsas son sólo el 0,001%
http://projusticia.es/las-denuncias-falsas-de-violencia-sobre-la-mujer-son-un-0005-segun-el-fiscal-general-del-estado/

y el SAP no existe (nuevo ridículo)
http://projusticia.es/nuevo-ridiculo-del-ministerio-de-igualdad-negando-la-existencia-del-sindrome-de-alienacion-parental/

 

http://www.elmundo.es/elmundo/2009/09/04/andalucia_sevilla/1252047453.html

 

1.- Ni Hitler ni Stalin se atrevieron a legislar en base al derecho penal de autor.
www.projusticia.es/anterior/fiscalia/documentos/un-juez-acusa-a-la-fiscalia-de-actuar-como-Hitler-y-Stalin.htm

2.- Ley integral contra la violencia de género.
www.projusticia.es/ley-integral-contra-la-violencia-de-genero

3.- Ley del divorcio.
www.projusticia.es/ley-del-divorcio

4.- Ley de igualdad o de desigualdad
www.projusticia.es/ley-de-igualdad

5.- Denuncias falsas.
www.projusticia.es/denuncias-falsas

6.- Mujeres maltratadoras
www.projusticia.es/mujeres-maltratadoras

7.- “Privilegios” de las “maltratadas”.
www.projusticia.es/anterior/informes/documentos/informe%20del%20CES.htm

8.- Industria del maltrato.
www.projusticia.es/industria-del-maltrato

9.- ¿Casas de acogida o negocio?
www.projusticia.es/casas-de-acogida-ayuda-a-las-victimas-o-negocio-a-costa-de-ellas

10.- La violencia en la pareja, bidireccional y simétrica.
www.projusticia.es/anterior/estudios/Espana/la-violencia-sobre-la-pareja-bidireccional-y-simetrica.html

11.- Las mentiras de las feministas.
www.projusticia.es/mentiras-de-las-feministas

12.- Custodia Compartida.
www.projusticia.es/custodia-compartida

13.- Padres divorciados, padres maltratados.
www.projusticia.es/padres-divorciados-padres-maltratados

14.- La falacia del argumento de los niños maleta.
www.projusticia.es/anterior/audiovisual/presentaciones/la-falacia-del-argumento-de-los-ninos-maleta.ppt

 

 

Notas de prensa anteriores
www.projusticia.es/notas-de-prensa

 

Ejemplos de la legislación feminazi española.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la "igualdad" efectiva de mujeres y hombres.
Artículo 13. Prueba.
1. De acuerdo con las Leyes procesales, en aquellos procedimientos en los que las alegaciones de la parte actora se fundamenten en actuaciones discriminatorias, por razón de sexo, corresponderá a la persona demandada probar la ausencia de discriminación en las medidas adoptadas y su proporcionalidad.
A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el órgano judicial, a instancia de parte, podrá recabar, si lo estimase útil y pertinente, informe o dictamen de los organismos públicos competentes.

www.projusticia.es/ley-de-igualdad/

- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Artículo 37. Protección contra los malos tratos.
El artículo 153 del Código Penal, queda redactado como sigue:

  • El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión, cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años.

www.projusticia.es\ley-integral-de-violencia-de-genero

Directiva 97/80/CE del Consejo de 15 de diciembre de 1997 relativa a la carga de la prueba en los casos de discriminación por razón de sexo. 
Artículo 4
Carga de la prueba
1. Los Estados miembros adoptarán con arreglo a sus sistemas judiciales nacionales las medidas necesarias para que, cuando una persona que se considere perjudicada por la no aplicación, en lo que a ella se refiere, del principio de igualdad de trato presente, ante un órgano jurisdiccional u otro órgano competente, hechos que permitan presumir la existencia de discriminación directa o indirecta, corresponda a la parte demandada demostrar que no ha habido vulneración del principio de igualdad de trato.

http://eur-lex.europa.eu/smartapi/cgi/sga_doc?smartapi!celexplus!prod!DocNumber&lg=es&type_doc=Directive&an_doc=1997&nu_doc=80

 

Asociación PROJUSTICIA para damnificados por decisiones judiciales Inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones: Grupo 1 / Sección: 1 / Número Nacional: 586892 – CIF: G84649334

 

 

 

 

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