La
Comisión Disciplinaria del
Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy por
unanimidad el archivo de la
Información Previa abierta a
la Juez
Decana de Barcelona, María
Sanahuja, a raíz de la denuncia formulada por 34
asociaciones de mujeres.
Las
opiniones y manifestaciones públicas realizadas por la misma están
amparadas en el derecho a la libertad de expresión, del art. 24.2
CE. El único límite que Jueces y Magistrados tienen a dicho derecho
es el de no poder revelar los hechos o noticias referentes a
personas físicas o jurídicas, de los que hayan tenido conocimiento
en el ejercicio de sus funciones, única conducta sancionable
disciplinariamente, según se establece en el art. 396 LOPJ y que no
concurre en el presente caso, al ostentar Doña María
Sanahuja en la actualidad un cargo gubernativo de carácter
jurisdiccional.
Madrid, 4 de mayo de 2005.