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Condenada a un año de cárcel por matar a su marido porque la insultaba.

Os invito a leer la siguiente descripción de unos hechos que costaron tan sólo UN AÑO de cárcel al culpable, es decir, seguramente la libertad por falta de antecedentes penales. Tal vez os recuerde el reciente escándalo de la hoja parroquial de Valencia. "Se considera como probado además que en esa noche,  la esposa  procedió a insultar reiteradamente a su marido, así como a intentar pegarle cuando los dos se encontraban en el interior de la cocina de la casa.  El marido se fue a la planta de arriba para evitar la agresión, donde se acostó, "pero su esposa volvió a molestarlo, por lo que bajó al salón y se escondió debajo de la mesa". Tras un rato,  la esposa consiguió dar con él tras buscarlo por la casa. Seguía insultándolo e intentaba agredirlo, por eso, el hombre pidió auxilio a gritos para que su hija mayor y el compañero sentimental de ésta le ayudaran de alguna forma. Cuando acudieron a socorrerlo, el hombre salió de debajo de la mesa, cogiendo un cuchillo que estaba encima de la misma. Mientras su esposa seguía increpándolo e insultándolo, el marido acabó abalanzándose sobre ella y, "con la intención de matarla" le clavó el cuchillo en la parte izquierda del abdomen. Las heridas que le provocó fueron tan graves que falleció al poco tiempo de ingresar en un hospital de Sanlúcar, puesto que le había producido una herida penetrante en la aorta abdominal. El cuchillo tenía veinte centímetros de hoja." ¿Creéis que la condena fue justa? ¿Es ése el precio de una vida humana? ¿Podríais considerar que fue un caso desesperado de defensa propia, cuando la víctima se limitaba a insultar a su asesino y había al menos otros dos adultos en la casa? ¿Será en casos como éste dónde se inspiró el cura de Valencia para redactar la hoja parroquial que tan mal ha sentado a las feministas? Fijaos que hay uno que persigue a otro a insultos por la casa hasta que el insultado pierde la paciencia y recurre al cuchillo jamonero. Espero que las feministas que se han soliviantado (tal vez con razón) con la TEORÍA expuesta en la hoja parroquial de Valencia no dejarán de soliviantarse, ahora con más motivo, en cuanto conozcan la REALIDAD, es decir, la verdadera noticia en que se basa el párrafo anterior, ficticio, donde yo me he limitado a cambiar el sexo de los protagonistas.

La verdadera noticia es ésta: http://www.diariodejerez.com/diariodejerez/articulo.asp?idart=2504040&idcat=1128

 

Condenada a un año de cárcel por matar a su marido
La mujer había denunciado en innumerables ocasiones a su esposo por continuas amenazas. La víctima fue condenada por violencia doméstica. A la mujer se le aprecia, entre otras eximentes, la de la legítima defensa

NOEMÍ GONZÁLEZ
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Jerez.

Una mujer de Sanlúcar que responde a las iniciales de M.J.B.G. ha sido condenada a una pena de un año de cárcel por acabar con la vida de su marido, es decir, por un delito de homicidio que sucedió en el mes de noviembre del año 2003. La letrada jerezana Elisa Cano es la que ha llevado su defensa y ha conseguido que se le estimen las eximentes incompletas de legítima defensa, así como de intoxicación por consumo de drogas y alcohol.

Detrás de esta sentencia ahí mucho más de lo que se cuenta en el mero fallo, que ya tiene carácter firme. La ya condenada, se conformó con esta pena tras modificar su calificación el Ministerio Público, que inicialmente le solicitaba en su escrito de acusación una pena que llegaba a los trece años de cárcel, al considerar a M.J.B.G. como autora de un delito de homicidio con la circunstancia agravante de parentesco. Hay que recordar que este juicio era de los destinado a a llevarse a cabo mediante un jurado popular en Cádiz formado por nueve ciudadanos que deben dar un dictamen. Si bien, la conformidad de la acusada con la sentencia impuesta hace que no hayan tenido que dar su veredicto tras escuchar su versión y la de los testigos y peritos forenses. El fiscal suprimió la agravante de parentesco, así como invocó la existencia de la circunstancia eximente incompleta de legítima defensa y la de intoxicación por consumo de drogas y bebidas alcohólicas, solicitando finalmente la pena de un año de cárcel. Se estima que tanto la acusada como su marido habían consumido antes de los hechos bebidas alcohólicas y cocaína. La acusada no tendrá que indemnizar a sus hijos, que han renunciado a ese dinero.

Así, en la sentencia, se considera probado que la acusada convivía con su marido en un domicilio de Sanlúcar donde finalmente se produjo la agresión en la noche del 29 al 30 de noviembre del año 2003. Consta que desde hacía años había continuas broncas y peleas, "habiendo sido denunciado el marido por su esposa en innumerables ocasiones por amenazas y agresiones hacia ella y los hijos comunes. Por este motivo, en el mes de junio del año 2001 el marido había sido condenado por un delito de violencia doméstica habitual a la pena de un año de prisión", se recoge en el fallo de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cádiz.

Se considera como probado además que en esa noche, el esposo procedió a insultar reiteradamente a su mujer, así como a intentar pegarle cuando los dos se encontraban en el interior de la cocina de la casa. La mujer se fue a la planta de arriba para evitar la agresión, donde se acostó, "pero su esposo volvió a molestarla, por lo que bajó al salón y se escondió debajo de la mesa". Tras un rato, el esposo consiguió dar con ella tras buscarla por la casa. Seguía insultándola e intentaba agredirla, por eso, la mujer pidió auxilio a gritos para que su hija mayor y el compañero sentimental de ésta la ayudaran de alguna forma. Cuando acudieron a socorrerla, la mujer salió de debajo de la mesa, cogiendo un cuchillo que estaba encima de la misma. Mientras su esposo seguía increpándola e insultándola, la mujer acabó abalanzándose sobre él y, "con la intención de matarlo" le clavó el cuchillo en la parte izquierda del abdomen. Las heridas que le provocó fueron tan graves que falleció al poco tiempo de ingresar en un hospital de Sanlúcar, puesto que le había producido una herida penetrante en la aorta abdominal. El cuchillo tenía veinte centímetros de hoja.

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Centro Reina Sofía. El Centro Reina sofía es el único Organismo público que estudia la violencia. Pero sus prácticas dejan mucho que desear.

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